La SGAE gana en primera instancia el caso Frikipedia

tribunalAcabo de leer en Bandaancha.st que han condenado al administrador de la Frikipedia (parodia de la Wikipedia) a indemnizar a la SGAE con 400€ y a Pedro Farré con 200€, y a pagar las costas del juicio, “ya que se declaró acreditado –por las actuaciones periciales reiteradas en juicio – que él tenía facultad para dirigir o no la página, es decir, las opiniones entraban o no”.

En algunos foros se repite que los jueces no están teniendo en cuenta la LSSICE. Aún y sin tener la sentencia en la mano, ¿identificó este administrador a quien escribió el contenido? Por analogía al mundo real: ¿no es acaso responsable el director de un periódico de lo que publique si es que lo publica anónimo y no identifica a su autor?

Ya se condenó a un bloguero por permitir la publicación de dos post amenazando a un profesor de secundaria y no identificar al autor el 30 de junio de 2006.

Estos casos son diferentes del de un prestador de servicios de hosting que se limite a ofrecer espacio de alojamiento a diversas páginas webs, foros, etc. ¿Es éste responsable de la publicación? No conforme a la LSSICE.

El condenado ha apelado la sentencia… No creo que prospere.