Religión

espiritusantoSuelo estar al tanto de cualquier noticia que aparece en medios españoles sobre protección de datos. Este sábado pasado me sorprendió una que aparece en un medio digital en el que menciona las aventuras de un movimiento apóstata que ha surgido en Valencia, y que se dedica a informar/aconsejar sobre qué trámites hay que realizar para abandonar la fe católica.

No hace falta profundizar mucho para ver que sus componentes están más preocupados en que se borren sus datos personales de cualquier registro que pueda tener la Iglesia, que de apostatar realmente. El diccionario de la Real Academia de la Lengua define apostatar como “negar la fe de Jesucristo recibida en el bautismo”. ¿Es necesario para esto cancelar dato personal alguno? No, en absoluto. Es cuestión de fe. La apostasia es cuestión de hechos más que de derecho. Si no creen en la fe citada… ¿por qué simplemente no se dedican a negarla públicamente?

Lo que están buscando claramente no es tanto apostatar sino que que sancionen a la Iglesia. Es una cuestión bien diferente: una cancelación de datos.

Tampoco me parece lógica la postura de la Iglesia católica en negar lo que se le pide, una simple cancelación de datos. El secretario general de la Conferencia Episcopal Española, D. Juan Antonio Martínez Camino, en una entrevista concedida a Europa Press, justificó las trabas que se ponene a los hipotéticos apóstatas con que “la Iglesia debe garantizar que se trata de una opción libre, pensada y con conocimiento de causa”… Señor Martínez, si estos tipos acuden solicitando la cancelación de datos, hay que cancelar, y punto. No se líe.

Me parece interesante el razonamiento de que el registro bautismal no es identificable con la pertenencia a la Iglesia católica. Y aunque el art. 4 LOPD exija que los datos personales hayan de ser exactos y puestos al día… ¿no está al día que D. Félix Haro fue bautizado en la parroquia de Nuestra Señora de la Asunción el día tal de tal de tal año?… Interesante.

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