bookmark_borderGoogle: lo que vemos y lo que no queremos ver

La asociación de usuarios francesa UFC-QUE CHOISIR denunció a Google a finales de junio con una acción colectiva ante el Tribunal de Gran Instancia de París por incumplir el RGPD. Según la asociación, Google no solicita permiso para utilizar los datos de localización con finalidades publicitarias, y mantiene unas condiciones de uso de los datos agobiantes y laberínticas, con más de 5700 palabras, 57 reenvíos y 100 enlaces a otros contenidos.

Aquí puede verse el vídeo de Youtube con la explicación (en francés):

El 12 de febrero de 2019, el TGI de París dio la razón a esta asociación y condenó a Google por incluir 38 cláusulas abusivas en el uso de datos personales, considerando compatible la invocación de la ley francesa de protección de datos con la defensa de los intereses de los consumidores.

Con esto en la mano, y sin que Google haya movido un dedo para cambiar el modo en el que recaba el consentimiento, ni las condiciones, ahora la asociación solicita una indemnización de 1000€ para cada usuario del sistema Android que ha visto cómo se recopilaban sus datos sin permiso.

En la misma línea, el 21 de enero de 2019 la CNIL sancionó a Google con 50 millones de euros, a iniciativa de NOYB, la asociación que promovió Max Schrems, y de la ONG francesa La Quadrature du Net. El resultado se apoya en las siguientes conclusiones:

1. La información que se da al usuario no es fácilmente accesible y no cumple las obligaciones del RGPD. Entre otras cosas, la información sobre las finalidades, el tiempo de conservación de los datos o sobre qué datos se utilizan para la personalización de la publicidad, están excesivamente diseminadas en diversos lugares. Además, si se quiere disponer de la información completa, el mecanismo es complejo, implicando en ocasiones más de 5 o 6 acciones por parte del usuario, como acceder a enlaces o pulsar botones. Y una vez que se llega, la redacción no es clara.

2. Aunque Google dice tener el consentimiento de los usuarios para el tratamiento de los datos, la CNIL no lo admite porque la información que se les da está tan diluida que no les permite entender su amplitud. Esto provoca que el consentimiento que se otorga no sea específico y unívoco.

El asunto tiene las mismas causas que el planteado ahora por UFC-Que choisir: ni se informa ni se recaba el consentimiento de un modo adecuado.

Visto el asunto, vamos a entrar en materia… ¿es esto tan complicado de cumplir? No, en absoluto. Es puridad, es cuestión de diseño a la hora de mostrar las condiciones y de su aceptación, y modificar los sistemas internos de la empresa para que respondan a lo que el usuario quiere, no tiene más complicación. Es cuestión de voluntad, y ahí está el problema.

En una primera aproximación  nos podemos dejar llevar por la superficialidad, pensando que Google no se entera de cómo cumplir el dichoso RGPD, y que claro, como son «yankees», pues se la trae al pairo… «allí las cosas funcionan diferente»… «como ganan tanto las sanciones les dan igual»… El más avezado diría que su modelo de negocio sufriría muchísimo teniendo que pedir a cada europeo que utilice sus sistemas el consentimiento, cosa que es verdad.

Prácticamente todas las controversias que surgen en protección de datos sobre los grandes de Internet tienen en común la recopilación de información sin el consentimiento del feliz usuario. Todo esto es lo que vemos, batallitas ante autoridades nacionales protección de datos y tribunales contra gigantes de Internet que nos pirran a los del sector, y que hacen las delicias de los periodistas.

Pero lo que no queremos ver es mucho más interesante. Lo más importante es que Google no puede cumplir con la legislación europea porque si lo hiciese dejaría de servir a la razón principal por las que la empresa fue creada, que es ser el mejor instrumento de espionaje al servicio de USA jamás desarrollado. Sí, tal cual. Leed los artículos de Nafeed Ahmed en Medium (Primera parte, How the CIA made Google, y segunda parte, Why Google made the NSA). Son extensos, pero merece la pena leerlos para conocer los personajes, entresijos y maniobras de las agencias de seguridad del gobierno «useño» para crear Google.

Ahora hay gente que anda descubriendo la pólvora con el caso Huawei, que es otra empresa también creada para lo mismo, fundada por Ren Zengfei, que, ¡oh, casualidad!, fue oficial del Ejército Popular de Liberación y es miembro del Partido Comunista Chino. Estos se andan con menos tonterías que los «useños», que se buscan chavalitos estudiantes de doctorado a los que vender como genios creadores de una gran empresa a los ingenuos ciudadanos, pero al cabo de la calle el objetivo es el mismo.

Además de que permitan ganar mucho dinero estas empresas a sus dueños o accionistas, ambas son instrumentos de espionaje en manos de países que luchan por la hegemonía mundial. De esto va la película. Lo de toda la vida, vamos, que no es nada extraño. Mientras tanto, en Europa, que perdió hace muchísimos años la iniciativa en absolutamente todo, estamos muy entretenidos con nuestra legislación de protección de datos, en la que intervinieron descaradamente los useños cuanto y como quisieron. El resto es literatura y entretenimiento para despistados.

bookmark_borderPor qué no estoy asociado.

A menudo me preguntan por qué no formo parte de ninguna de las asociaciones de profesionales de privacidad que existen en España. Tengo claro que a más de uno no le gustará lo que opino, pero subrayo que es mi opinión, y nada más que eso. Todo es discutible, faltaba más, y lo que aquí cuento no pasan de ser unas impresiones particulares. Cada uno es libre de pertenecer a la asociación que le de la gana, y su interés tendrá en pertenecer a una u otra. O como es mi caso, a ninguna.

Por un lado, el Data Privacy Institute (ISMS Forum) está enfocado más a la seguridad de la información que a la protección de datos, y está dirigida a profesionales de empresas de cierto tamaño. Su nacimiento fue posterior en pocos días al de APEP, y las circunstancias en las que el DPI se fundó, a modo de escisión de APEP y aprovechando la existencia previa del ISMS Forum, las conocemos bastante bien los profesionales del ramo. Su certificación se centra en la seguridad de la información, no es en puridad sobre protección de datos. Como no me interesa la seguridad de la información más que de modo lateral, no estoy asociado al DPI.

La APEP, sin embargo, sí que nació enfocada a protección de datos desde sus inicios, y de un modo exclusivo. Creo que tuvo un arranque bastante fuerte, pero ha perdido fuelle con el tiempo. Muchos de los socios iniciales tenían puesta la esperanza en la lucha contra la “LOPD a coste cero”, quizá excesiva, porque una asociación, a mi parecer, ha de estar a proteger los derechos de sus asociados, no de las empresas de sus asociados. Llegué a estar en su Directiva, y como encargado de este asunto, y dimití al poco tiempo. Más allá de su certificación, que considero bastante completa, y de las charlas/coloquios/conferencias que se ofrecen, no veo que ofrezca valor real al asociado. Cuando has presenciado dos o tres ponencias de las que se ofrecen, se percibe la endogamia de éstas, te quedas sin ninguna novedad, tanto en el plano de las materias tratadas, como en el de las personas que las imparten. Tal y como está funcionando ahora, no me aporta valor alguno, y por eso tampoco estoy asociado.

Pienso que una de las mayores carencias que tiene es que no admite como socios a empresas. Quizá por prejuicios absurdos, pero creo que lo único que se logra así es que se pierda empuje profesional y sobre todo financiación, y con ello, la posibilidad de poder realizar más actividades que sean valoradas por los asociados.

Creo que ambas asociaciones no han trabajado para lograr el reconocimiento de sus certificaciones en ninguno de estos dos planos:

1. En el mercado de trabajo de profesionales. Más allá de alguna oferta de trabajo residual, no se han consolidado, y las empresas desconocen la existencia de este tipo de profesionales.

2. En el mercado de los servicios a empresas. Aquí tampoco ha habido acciones para dar prestigio a la certificación. Las empresas españolas no buscan que los servicios se los presten profesionales certificados, o las empresas que cuentan con ellos, porque no saben que existen y que prestan servicios de calidad.

Ninguna de las dos se ha preocupado de promover ese doble reconocimiento más allá del mismo círculo de los profesionales de la privacidad, y esto es un grave error. Al menos yo no tengo noticia de ninguna acción dirigida en exclusiva a alcanzar esos objetivos. Uno de los mayores esfuerzos que debieran acometer es ese: contarles a las empresas en general que existen estos profesionales, y que prefieran sus servicios a los de otros que ni tan siquiera se han preocupado de certificarse.

Insisto: esta es una visión personal de ambas asociaciones, basada en mi propia experiencia y en mis percepciones.